Requisitos para Inmuebles con Valor Catastral Mayor a 4.5 Millones
En un esfuerzo por actualizar los registros fiscales y mejorar el control sobre las propiedades en la Ciudad de México, el gobierno local, a través de la Secretaría de Finanzas, ha implementado una nueva regla para los inmuebles de uso habitacional cuyo valor catastral sea superior a los 4 millones 524,974 pesos. Esta medida busca actualizar la información del padrón catastral y conocer el estado de ocupación y el uso de los inmuebles, lo que permitirá una mejor gestión del impuesto predial y otros aspectos fiscales.
De acuerdo con lo publicado en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México el 18 de febrero, la nueva normativa establece que los propietarios de estos inmuebles deberán presentar una declaración informativa que incluya diversos datos, como los de identificación del contribuyente, el número de cuenta predial, el estado de ocupación del inmueble, y detalles sobre si el inmueble es utilizado por los propietarios, familiares, amigos, arrendado, prestado u otros. Además, se ofrece la posibilidad de optar por compartir o no la información para fines estadísticos relacionados con el mejoramiento del catastro.
La medida tiene un enfoque en la actualización del padrón catastral, considerando que los inmuebles de alto valor suelen experimentar cambios frecuentes en su uso de suelo, lo cual hace que la información sobre estos bienes requiera ser más precisa y actualizada. En este contexto, el gobierno de la Ciudad de México destaca la importancia de contar con datos actualizados que reflejen la realidad de la ocupación y el uso de estos inmuebles, dado el dinamismo que caracteriza a este sector del mercado inmobiliario.
Cabe señalar que la medida no contempla sanciones ni multas para aquellos propietarios que decidan no compartir la información solicitada, ya que se trata de una iniciativa cuyo objetivo principal es la recopilación de datos estadísticos y la mejora del catastro de la ciudad. No obstante, aquellos que se nieguen a compartir la información igualmente deberán presentar su nombre, CURP y número de cuenta predial correspondiente.
Este esfuerzo surge tras la modificación del Código Fiscal de la Ciudad de México, cuyas reformas fueron publicadas el 27 de diciembre del año pasado. La normativa entró en vigor el 19 de febrero, pero los medios electrónicos para presentar la declaración estarán disponibles hasta el 31 de marzo de 2025. Los propietarios deberán acceder al formato correspondiente a través de la Gaceta Oficial para cumplir con la nueva obligación fiscal.
La razón detrás de esta actualización es garantizar que los datos catastrales sean más exactos y completos, permitiendo que las autoridades fiscales tengan una mejor visibilidad de las propiedades de alto valor. Esto contribuirá a la mejora de las políticas públicas en cuanto al cobro de impuestos y la regulación del mercado inmobiliario.