Suprema Corte: Ministras Proponen Integrantes para el Comité de Evaluación Judicial

Suprema Corte: Ministras Proponen Integrantes para el Comité de Evaluación Judicial

María Carrillo

Las ministras de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, Yasmín Esquivel Mossa y Loretta Ortiz Ahlf, han presentado su propuesta de los cinco integrantes que conformarán el Comité de Evaluación, un órgano clave para la selección de candidatos y candidatas en el proceso de elección judicial de la Suprema Corte.

El documento, dirigido a la ministra presidenta Norma Lucía Piña Hernández, propone a destacados juristas con una amplia trayectoria:

  • Dra. Leoba Castañeda Rivas
  • Dra. Ruth Villanueva Castilleja
  • Mtra. Silvia Gabriela Ortiz Rascón
  • Dr. Raúl Plascencia Villanueva
  • Dr. Manuel Becerra Ramírez

La Ministra Ortiz Informa sobre la Propuesta

A través de sus redes sociales, la ministra Loretta Ortiz destacó la importancia de este avance en la implementación de la reforma judicial. “El día de ayer, la Ministra @YasminEsquivel_ y yo presentamos algunas propuestas para integrar el comité de la Corte. Este órgano auxiliar será determinante para calificar la idoneidad de las personas elegibles”, afirmó.

¿Qué es el Comité de Evaluación?

Según lo establecido en la reforma judicial publicada el 15 de septiembre en el Diario Oficial de la Federación, cada Poder de la Unión debe contar con un Comité de Evaluación integrado por cinco expertos en derecho, quienes analizarán el cumplimiento de los requisitos legales y académicos de cada aspirante. Este comité se encargará de evaluar la experiencia y trayectoria de los candidatos, buscando garantizar su honestidad, competencia profesional y buena reputación pública.

Al finalizar la revisión, el Comité presentará una lista con los diez aspirantes mejor evaluados. Estos nombres pasarán a un proceso de insaculación o selección pública al azar, lo que permitirá ajustar el número de postulaciones y asegurar la paridad de género. Una vez completado, el listado final será enviado a la autoridad correspondiente para su revisión y posterior aprobación en el Senado.

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